INCORPORACIÓN DE DOCTORES

Acciones de Formación.

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BASES

Puede consultar la resolución de la presente convocatoria.


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Notas de ayuda para cumplimentar los documentos anteriores


PRIMERA. OBJETO.

 La presente convocatoria tiene por objeto facilitar el retorno de investigadores que han completado un periodo de formación fuera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante su incorporación a Centros de Investigación radicados en ésta para desarrollar en ellos un proyecto propio, o para integrarse en un grupo de investigación.

Las solicitudes a la presente convocatoria podrán presentarse a una sola de las siguiente modalidades:

  1. Becas de reincorporación de aplicación en Organismos Públicos de Investigación radicados en la Región de Murcia.
  2. Becas de reincorporación de aplicación en unidades de I+D de empresas o grupos empresariales radicados en la Región de Murcia.


SEGUNDA. DESTINATARIOS.
 
Podrán optar a estas becas los Licenciados, Ingenieros o Arquitectos que hayan completado un periodo de formación postdoctoral o de postgrado no inferior a un año, fuera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
 


TERCERA. DURACIÓN.

La duración de las becas será de doce meses ininterrumpidos, a contar desde la fecha en que se produzca la incorporación del becario al Centro de aplicación, que tendrá lugar, en todo caso, con anterioridad al 15 de diciembre de 1997.Las becas podrán ser renovadas por un año más.
 


CUARTA. DOTACIÓN Y PAGO.

 La dotación de las becas será de hasta 225.000 pesetas mensuales brutas. Los becarios que carezcan de cobertura sanitaria podrán contar, asimismo, con un seguro médico y un seguro de accidentes.

Las cantidades concedidas estarán, en todos los casos, en función de las disponibilidades presupuestarias.

Para la realización del primer pago deberá presentarse a la Fundación Séneca, Centro de coordinación de la Investigación, una certificación del responsable legal del Centro de aplicación, acreditativa de la incorporación del becario al mismo, con indicación de la fecha en que ésta se produzca.

Asimismo, podrá satisfacerse al organismo donde se desarrolle la investigación una ayuda por importe máximo de 500.000 pesetas anuales para atender a los gastos que el trabajo de investigación pueda originar. La satisfacción de esta última cantidad se hará contra la remisión a la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación. de una relación justificada de facturas, supervisadas mediante firma acreditativa del responsable legal del Centro. De la cantidad indicada se deducirá el importe de los seguros previstos en esta Base, en caso de carecer el becario de cobertura propia.

 


QUINTA. REQUISITOS.
 
Para acceder a las becas convocadas será necesario reunir las siguientes condiciones:
 

  1. Ser ciudadano de la Unión Europea
  2. Estar en posesión de título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, por una Universidad española o extranjera. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, deberá acreditarse la convalidación o reconocimiento de los mismos a la fecha de la presentación de la solicitud.
  3. Haber completado un periodo de formación postdoctoral o de postgrado no inferior a un año en un Centro ubicado fuera de la Región.
  4. Haber estado o estar actualmente integrado en un centro de investigación público o privado ubicado fuera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia realizando actividades investigadoras durante, al menos, un curso académico a partir de octubre de 1993. Tendrán preferencia para la obtención de las becas las estancias más prolongadas y los solicitantes que se encuentren actualmente en el extranjero.
  5. No haber disfrutado anteriormente de una beca de incorporación de investigadores.

 


SEXTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.

Para formalizar solicitud a la presente convocatoria, deberán presentarse:
 

  1. Impreso de solicitud, según modelo que figura en el Anexo I
  2. Breve memoria (máximo cuatro páginas) del proyecto a desarrollar con indicación de su título y descripción, objetivos, interés científico, bibliografía esencial y, con la mayor precisión posible, inventario de resultados previstos, según modelo que figura en el Anexo II.
  3. Presupuesto de gastos según modelo que figura en Anexo III.
  4. Curriculum vitae actualizado del solicitante, según el modelo proporcionado.
  5. Original del título de Doctor o documentación que acredite la formación de postgrado realizada fuera de la Región de Murcia. En el caso de doctores, se admitirá también copia simple del título de doctor, quedando obligado el becario en caso de adjudicación a presentar el certificado original o copia compulsada del mismo. Si la tesis doctoral se hallase en trámite de lectura y defensa, certificado de la Comisión de Doctorado acreditativa del depósito de la misma.
  6. Documentación acreditativa de la estancia del solicitante en un centro de investigación ubicado fuera de la Región de Murcia, en la que se indicarán la duración de la estancia y actividad investigadora desarrollada en el mismo, así como el carácter de la vinculación con el Centro. En su caso, se acompañarán copia del contrato o credencial de becario.
  7. Información sobre la línea o líneas de investigación que se siguen en el departamento, organismo, o unidad privada de I+D a la que se incorporará el becario, incluyendo publicaciones recientes del Departamento relativas a la misma. En el caso de proyecto propio, información sobre la línea de investigación propuesta y trabajos realizados anteriormente por el solicitante en relación con la misma.
  8. Carta del Director de la línea de investigación a la que se incorporará el solicitante, expresando su aceptación. Esta carta deberá contar con el Visto Bueno del responsable legal del Centro de aplicación. En el caso de investigadores que pretendan desarrollar un proyecto propio, deberán presentarse un informe de oportunidad y una carta de aceptación expedidas por el responsable legal del Centro de aplicación.
  9. En caso de hallarse percibiendo al tiempo de la solicitud, salarios, becas o ayudas procedentes de organismos o empresas, públicas o privadas, compromiso de renunciar a ellas en caso de adjudicación.
  10. Fotocopia del D.N.I, pasaporte o tarjeta de residencia del becario.
 


 SEPTIMA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
 
Las bases de la convocatoria y los formularios anexos se encuentran disponibles en la dirección internet:
http://www.ccye.carm.es/seneca/seneca.html

La convocatoria y los formularios pueden obtenerse, asimismo, en disquete, en el domicilio social de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, sito en Murcia, C/ Manresa, 5 - Entresuelo. Teléfono: (968) 222971/ Fax: 220712

Una vez cumplimentados, los formularios que figuran en los Anexos I, II y III, así como el curriculum vitae del solicitante deberán presentarse en el domicilio indicado el disquete y una copia del mismo impresa en papel. En la carátula externa del disquete deberán figurar el nombre y apellidos del solicitante y la convocatoria a la que presenta solicitud. Los documentos complementarios relacionados en las letras e, a j de la base anterior, podrán presentarse sólo en papel.

En caso de urgencia se admitirá la presentación de la solicitud y documentos señalados por telefax hasta el último día del plazo, a condición de que en el plazo máximo de tres días naturales desde el de la terminación del plazo de presentación de solicitudes, se presenten en la forma indicada en el párrafo anterior. En otro caso, se tendrá por no presentada la solicitud.

No podrá presentarse más de una solicitud por interesado.

Las solicitudes de ayudas a la presente convocatoria podrán presentarse hasta el 3 de noviembre de 1997.

 


 OCTAVA. EVALUACIÓN Y CONCESIÓN.

La evaluación se realizará por una Comisión designada por la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, que estará presidida por el Director General de Universidades de la Consejería de Cultura y Educación y de la que formarán parte expertos en las áreas específicas relacionadas con las solicitudes presentadas.

En la evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta el curriculum y experiencia investigadora del solicitante, la calidad, interés y viabilidad del proyecto o plan de investigación a desarrollar y su adecuación al objeto del Centro así como el historial científico del grupo de investigación receptor.

La Comisión Evaluadora podrá solicitar cuantos informes estime necesarios a expertos externos. Asimismo, se podrá proceder a una entrevista personal, en la que se soliciten al candidato datos adicionales sobre su formación y curriculum, sobre el proyecto de investigación a desarrollar o sobre cualquier otro aspecto que la Comisión juzgue oportuno.

La concesión o denegación de las ayudas será comunicada directamente a los solicitantes, con anterioridad al día 19 de noviembre de 1997. La falta de resolución expresa en dicho plazo implicará la desestimación de la solicitud.

 


 NOVENA. OBLIGACIONES.

Los beneficiarios de las becas quedarán atenidos a las siguientes obligaciones:
 

  1. Comunicar por escrito dirigido a la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación la aceptación de la beca y de los compromisos que la misma comporta, dentro de los cinco dias siguientes a la notificación de la concesión.
  2. Incorporarse al Centro de aplicación como máximo el 15 de diciembre de 1997, y acreditar esta circunstancia mediante la certificación expresada en la base cuarta. El becario deberá permanecer en dicho Centro durante el desarrollo de la beca. Cualquier cambio de centro o ausencia temporal del mismo deberá ser autorizada previamente por la Fundación Séneca.
  3. Hacer constar la financiación de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, a través del Programa Séneca en todos los artículos, comunicaciones a congresos, publicaciones u otros resultados de la investigación realizados durante el disfrute de la beca.
  4. Cumplir con aprovechamiento el plan de trabajo propuesto en la Memoria.
  5. Remitir a la Fundación Séneca en los plazos que esta establezca informes de seguimiento sobre su actividad académica e investigadora, avalados por el Director del proyecto o responsable del Centro de aplicación.
  6. Presentar dentro de los treinta días siguientes a la finalización del periodo de disfrute de la beca una memoria final, de extensión no superior a 10 folios, con el Visto Bueno del director del proyecto, en la que se exprese el trabajo realizado incluyendo, en su caso, la actividad docente y los resultados obtenidos. Si dichos resultados hubieran sido objeto de publicaciones, se remitirá copia o separata de los mismos a la Fundación Séneca. Si hubieran dado lugar a patentes se documentarán estas debidamente. El becario deberá asimismo remitir su curriculium vitae actualizado.

La percepción de las dotaciones económicas y la renovación de las becas estarán condicionadas al cumplimiento de estos requisitos y al resultado de las evaluaciones periódicas.

El incumplimiento de las normas de la presente convocatoria, la inadecuación del gasto realizado o la evaluación negativa sobre el aprovechamiento del becario podrán determinar la revocación de la beca, debiendo el interesado reintegrar las cantidades correspondientes.


 DÉCIMA. INCOMPATIBILIDAD.

Las becas de este programa son incompatibles, con carácter general, con cualquier otra beca, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado con cualquier otra institución, organismo o empresa, pública o privada, incluida la Institución de la que dependa el Centro de Aplicación, salvo la realización de actividades derivadas de alguno de los contratos regulados en el artículo 11 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, o del artículo 11.2 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Estas situaciones deberán ser comunicadas a la Fundación Séneca. El Centro de Aplicación y el propio becario vendrán obligados a poner en conocimiento de la Fundación Séneca cualquier situación de posible incompatibilidad.
 


 UNDÉCIMA. DEDICACIÓN.
 
La dedicación al proyecto será exclusiva. Excepcionalmente, cuando se trate de becarios adscritos a la Universidad de Murcia, la Fundación Séneca podrá autorizar la compatibilidad de la beca con la colaboración en tareas docentes del Departamento, sin que esta colaboración pueda retrasar el desarrollo de su actividad investigadora, siempre que se solicite en escrito motivado firmado por el becario, el Director del proyecto de investigación y/o el del Departamento.
 


 DUODÉCIMA. SEGUIMIENTO.

La modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la beca, así como la de las condiciones de desarrollo de la misma, incluidas su interrupción o suspensión y la alteración de los programas previstos, deberá ser autorizada por la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la investigación. La modificación no autorizada podrá determinar la revocación o minoración de la ayuda concedida.

La Fundación Séneca adoptará las medidas necesarias para el seguimiento del desarrollo de la actividad subvencionada y de la aplicación a la misma de la ayuda concedida. La aceptación de las ayudas implica la de dichas medidas y la de las bases de esta convocatoria.
 


 DÉCIMOTERCERA. AUSENCIA DE RELACIÓN CONTRACTUAL.

 . La concesión y disfrute de estas becas no implica la existencia de relación contractual o estatutaria con el Centro de Aplicación de la beca o con la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación. Tampoco implica ningún compromiso por parte del Centro de Aplicación en cuanto a la posterior incorporación del becario a la plantilla del mismo.
 


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