AYUDAS A LA REALIZACIÓN DE CONGRESOS Y REUNIONES CIENTIFICO-TÉCNICAS.
Acción de apoyo al intercambio de conocimientos.

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BASES


Puede consultar la resolución de la presente convocatoria.


Puede obtener los formularios en formato Word 6.0 para Windows. Si no tiene configurado su navegador puede utilizar el botón derecho del ratón y elegir la opción de guardar o salvar.


PRIMERA. OBJETO.

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas para la organización de congresos y reuniones científico-técnicas que se realicen en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a lo largo del año1997


SEGUNDA. DESTINATARIOS.

Podrán acceder a estas ayudas los departamentos de la Universidad de Murcia o de otros centros de investigación, públicos o privados sin ánimo de lucro, radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.


TERCERA. DOTACIÓN Y PAGO.

La cuantía de las ayudas estará en función de la relevancia y ámbito del congreso, de la previsión de gastos hecha por el solicitante y de las disponibilidades presupuestarias, sin que en ningún caso la cuantía solicitada pueda exceder de la tercera parte del presupuesto total de las actividades del congreso o reunión. El solicitante deberá hacer constar cuantas ayudas reciba de otras fuentes para la financiación del mismo evento.

En caso de adjudicación, el 75% de la ayuda se satisfará a la resolución de la convocatoria. El 25% restante, una vez finalizada la actividad, previa la presentación de los siguientes documentos:

En ningún caso se satisfarán cantidades por importe superior al de las facturas presentadas, y siempre dentro de los límites del presupuesto aprobado.

Los documentos citados deberán remitirse a la Fundación dentro de los treinta días siguientes a la finalización del evento.

En el caso y tiempo en que se proceda a la publicación de las actas del congreso o reunión, dos ejemplares de las mismas deberán remitirse a la Fundación Séneca. Tanto en las actas como en cualquier información relativa al congreso o reunión para la que se obtenga la ayuda, deberá hacerse constar la colaboración de dicha entidad.

La no presentación de los documentos justificativos de la aplicación de la ayuda en el plazo indicado determinará la revocación de la ayuda concedida. La presentación parcial determinará una reducción proporcional de la misma.


CUARTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.

Para formalizar solicitud a la presente convocatoria deberán presentarse:

  1. Impreso de solicitud, según modelo que figura en el Anexo I.
  2. Breve memoria descriptiva de la actividad a desarrollar, según modelo que figura en el Anexo II.
  3. Presupuesto total estimado de ingresos y gastos, según modelo que figura en el Anexo III.
  4. Certificado del acta del Consejo de Departamento u órgano equivalente en la que se recoja expresamente el compromiso de organizar el evento.
  5. Programa de la actividad, provisional o definitivo.

QUINTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

 Las bases de la convocatoria y los formularios anexos se encuentran disponibles en la dirección internet:

http://www.ccye.carm.es/seneca/seneca.html

La convocatoria y los formularios pueden obtenerse, asimismo, en disquete, en el domicilio social de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, sito en Murcia, C/ Manresa, 5 - Entresuelo. Teléfono: 222971. Fax: 220712

Una vez cumplimentados, los formularios que figuran en los Anexos I, II y III deberán presentarse en el domicilio indicado en doble ejemplar, disquete y papel. En la carátula externa del disquete deberán figurar el nombre y apellidos del solicitante y la convocatoria a la que presenta solicitud. Los documentos complementarios relacionados en las letras d y e de la base anterior, podrán presentarse sólo en papel.

En caso de urgencia se admitirá la presentación de la solicitud y documentos señalados por telefax, a condición de que en el plazo máximo de cinco días, se presenten en la forma indicada en el párrafo anterior. En otro caso, se tendrá por no presentada la solicitud.

No podrá presentarse más de una solicitud por interesado.

Las solicitudes de ayudas a la presente convocatoria deberán presentarse en los siguientes plazos:


SEXTA. EVALUACIÓN Y CONCESIÓN

La selección se hará en función de la relevancia de la actividad a desarrollar, por una Comisión presidida por el Director General de Universidades. Esta Comisión podrá solicitar informes a científicos expertos en el área correspondiente.

La concesión o denegación de las ayudas será comunicada directamente a los solicitantes, con anterioridad al 10 de julio de 1997 en el caso de las presentadas hasta el 30 de junio, y con anterioridad al 5 de octubre de 1997 en el caso de las presentadas hasta el 15 de septiembre.

La falta de resolución expresa en los plazos indicados implicará desestimación de la solicitud.


 SÉPTIMA. COMPATIBILIDAD.

Estas ayudas son compatibles con cualesquiera otras concedidas con el mismo fin. No obstante, la concurrencia de ayudas no podrá superar en ningún caso el coste total de la organización del congreso.


OCTAVA. SEGUIMIENTO.

La modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como la de las condiciones de desarrollo de la actividad, incluidas su interrupción o suspensión, deberá ser comunicada por el adjudicatario a la Fundación Séneca, solicitando su autorización, y podrá determinar la devolución del todo o de parte de las cantidades recibidas. En caso de modificaciones no autorizadas, la Fundación podrá revocar o minorar la ayuda concedida.

La Fundación Séneca adoptará las medidas necesarias para el seguimiento del desarrollo de la actividad subvencionada y de la aplicación a la misma de la ayuda concedida. La aceptación de las ayudas implica la de dichas medidas.



 
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