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BECAS DE FORMACIÓN Y PREDOCTORALES. |
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PRIMERA. OBJETO.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de becas para la formación de Diplomados en Ingeniería y parala formación en investigación científica y tecnológica de Licenciados e Ingenieros que deseen realizar una tesis doctoral, dentro de un programa de estudios de tercer ciclo. Las solicitudes a este Programa podrán presentarse a cualquiera de las siguientes modalidades:
SEGUNDA. DESTINATARIOS.
Podrán optar a estas becas los Diplomados en IngenieríaTécnica Agrícola y Forestal, y los Licenciados e Ingenieros.
TERCERA. TEMAS DE APLICACIÓN.
Las solicitudes deberán venir referidas a alguno de los siguientestemas:
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CUARTA. DURACIÓN.
La duración de las becas será de doce meses ininterrumpidos,a contar desde la fecha de su concesión, pudiendo ser renovadas anualmente hasta un máximo de tres años consecutivos, en función del programa de trabajo, la evaluación científica y de las disponibilidades presupuestarias. Como caso excepcional y debidamente motivado las becas podrán prorrogarse por un cuarto año.
Excepcionalmente, la Fundación Séneca podráautorizar aplazamientos en la fecha de incorporación, por periodo no superior a dos meses, previa propuesta motivada del solicitante, con el Visto Bueno del Director del Proyecto de Tesis Doctoral
QUINTA. DOTACIÓN Y PAGO.
La dotación de las becas será de 105.000 pesetas mensuales para la modalidad A y de 125.000 pesetas mensuales para la modalidad B. Estas cantidades estarán sometidas a las retenciones establecidasen el Real decreto 2539/1994, de 29 de diciembre. Además de estacantidad, se satisfarán al becario que no disponga de cobertura,el importe de un seguro de asistencia médica y accidentes corporales.
Asimismo, para los becarios de la modalidad B, previa solicitud, podrán satisfacerse, total o parcialmente, los gastos de matriculación en cursos de tercer ciclo, en los casos en que no se encuentre exento del pago.
Para proceder al primer pago, deberá presentarse a la Fundación Séneca una certificación del responsable legal del Centro acreditativa de la incorporación del becario al mismo, con indicación de la fecha en que ésta se produzca.
SEXTA. REQUISITOS.
Para acceder a las becas convocadas será necesario reunirlas siguientes condiciones:
SEPTIMA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Para formalizar solicitud a la presente convocatoria, deberánpresentarse:
OCTAVA. FORMA DE PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las bases de la convocatoria y los formularios anexos se encuentran disponibles en la dirección internet:
La convocatoria y los formularios pueden obtenerse, asimismo, en disquete, en el domicilio social de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, sito en Murcia, C/ Manresa, 5 - Entresuelo. Teléfono: (968) 222971/ Fax: 220712.
Una vez cumplimentados, los formularios que figuran en los AnexosI, II y III, así como el curriculum vitae del solicitante y el del director del proyecto, deberán presentarse en el domicilio indicado en doble ejemplar, disquete y una copia del mismo impresa en papel. Enla carátula externa del disquete deberán figurar el nombre y apellidos del solicitante y la convocatoria a la que presenta solicitud. Los documentos complementarios relacionados en las letras e, f, g, h, ide la base anterior, podrán presentarse sólo en papel.
En caso de urgencia se admitirá la presentación dela solicitud y documentos señalados por telefax hasta el último día del plazo, a condición de que en el plazo máximode tres días desde el de la presentación por este procedimiento,se presenten en la forma indicada en el párrafo anterior. En otro caso, se tendrá por no presentada la solicitud.
No podrá presentarse más de una solicitud por interesado.
Las solicitudes de ayudas a la presente convocatoria podrán presentarse hasta el 12 de enero de 1998.
NOVENA. EVALUACIÓN Y CONCESIÓN.
La evaluación se realizará por una Comisión designada por la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, que estará presidida por el Director General de Investigación y Transferencia Tecnología.
En la evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta el expediente académico y curriculum del solicitante, la calidad e interés del proyecto o plan de investigación a desarrollar y el historial científico y capacidad formativa del Director del proyecto de tesis.
La concesión o denegación de las ayudas será comunicada directamente a los solicitantes, con anterioridad al 2 de febrerode 1998. La falta de resolución expresa en dicho plazo implicará la desestimación de la solicitud.
DÉCIMA. OBLIGACIONES.
Los beneficiarios de las becas quedarán atenidos a las siguientes obligaciones:
El incumplimiento de las normas de la presente convocatoria, la inadecuación del gasto realizado o la evaluación negativa sobre el aprovechamiento del becario podrán determinar la revocación de la beca, debiendo el interesado reintegrar las cantidades correspondientes.
UNDÉCIMA. INCOMPATIBILIDAD
Las becas de este programa son incompatibles, con carácter general, con cualquier otra beca , así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado con cualquier otra institución, organismo o empresa, pública o privada, incluida la Institución de la que dependa el Centro deAplicación, salvo la realización de actividades derivadas de alguno de los contratos regulados en el artículo 11 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, o del artículo 11.2 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y CoordinaciónGeneral de la Investigación Científica y Técnica. Estas situaciones deberán ser comunicadas a la Fundación Séneca. El Centro de Aplicación y el propio becario vendránobligados a poner en conocimiento de la Fundación Séneca cualquier situación de posible incompatibilidad.
DUODÉCIMA. DEDICACIÓN
La dedicación al proyecto será exclusiva.
DECIMATERCERA. ESTANCIAS EXTERNAS
La Fundación Séneca, podrá autorizar y financiarla realización por el becario de estancias cortas, de hasta tres meses por año, en Centros ajenos al de aplicación de la beca.
La modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la beca, así como la de las condiciones de desarrollo de la misma, incluidas su interrupción o suspensión y la alteración de los programas previstos, deberá ser autorizada por la Fundación Séneca. La modificación no autorizada podrá determinar la revocación o minoración de la ayuda concedida.
La Fundación Séneca adoptará las medidas necesarias para el seguimiento del desarrollo de la actividad subvencionada y de la aplicación a la misma de la ayuda concedida. La aceptación de las ayudas implica la de dichas medidas y la de las bases de la presente convocatoria.
La concesión y disfrute de estas becas no implica la existencia de relación contractual o estatutaria con el Centro de Aplicación de la beca o con la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación. Tampoco implica ningún compromiso por parte del Centro de Aplicación en cuanto a la posterior incorporación del becario a la plantilla del mismo.
DECIMOSEXTA. RENOVACION.
Para la renovación de las becas adjudicadas con cargo a programas de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, los solicitantes deberán presentar:
DECIMOSÉPTIMA. FEOGA.
La presente convocatoria cuenta con la participación del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA)
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| | 1998 | | | Becas de formación y predoctorales. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua | ] |
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| | Ayudas a la realización de proyectos de investigación. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua | ] |