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BOLSAS PARA ASISTENCIA A CONGRESOS
CIENTIFICOS. |
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PRIMERA. OBJETO.
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas
para facilitar la presentación de comunicaciones o ponencias en
congresos científicos y técnicos que hayan de desarrollarse
durante el año 1998.
SEGUNDA. DESTINATARIOS.
Podrán acceder a las ayudas los investigadores que hayan participado durante 1997 o se hallen participando en 1998 en proyectos de investigación financiados por convocatorias del Programa Séneca, del Plan Nacional de I+D o del IV Programa Marco de la Unión Europea y que desarrollen su labor en centros de investigación públicos, o privados sin ánimo de lucro, radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Igualmente podrán solicitarlas los becarios de investigación pre o postdoctorales.
TERCERA. DOTACIÓN Y PAGO.
La cuantía máxima de las ayudas será de 150.000
pesetas, excepto para congresos transcontinentales, que será de
200.000 pesetas.
Las ayudas previstas en la presente convocatoria son incompatibles con cualesquiera otras concedidas para la asistencia al mismo congreso, a excepción de las otorgadas por la organización del mismo que no cubran la totalidad de los gastos, las cuales deberán hacerse constar en la solicitud, con indicación de su cuantía y de los gastos que cubren.
En todo caso, la cuantía de las ayudas estará en función
de las disponibilidades presupuestarias y de la previsión de gastos
hecha por el solicitante, sin que pueda, por sí o en concurrencia
con otras, superar el importe total de los gastos derivados de la
asistencia al congreso.
Las ayudas concedidas serán satisfechas una vez presentados
por el adjudicatario a la Fundación Séneca los documentos
señalados en la Base Séptima. Estas cantidades estarán
sometidas a las retenciones establecidas en el Real Decreto 2539/1994,
de 29 de diciembre.
CUARTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
Para formalizar solicitud a la presente convocatoria deberán presentarse:
QUINTA. FORMA DE PRESENTACIÓN.
Las bases de la convocatoria y los formularios anexos se encuentran disponibles en la dirección Internet:
La convocatoria y los formularios pueden obtenerse, asimismo, en disquete, en el domicilio social de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, sito en Murcia, C/ Manresa, 5 - Entresuelo. Teléfono: 222971 / 220712. Fax: 220712
Una vez cumplimentados, los formularios que figuran en los Anexos I, II y III, así como el curriculum vitae normalizado, deberán presentarse en el domicilio indicado en doble ejemplar: disquete y una copia del mismo impresa en papel. En la carátula externa del disquete deberán figurar el nombre y apellidos del solicitante, así como la denominación de la convocatoria para la que presenta la solicitud. Los documentos complementarios relacionados en las letras e), f), g) y h) de la base anterior, podrán presentarse sólo en papel.
En caso de urgencia se admitirá la presentación de la solicitud y documentos señalados por telefax, a condición de que en el plazo máximo de tres días naturales desde la finalización del plazo de presentación, se presenten en la forma indicada en el párrafo anterior. En otro caso, se tendrá por no presentada la solicitud.
No podrá presentarse más de una solicitud por interesado. En el caso de comunicaciones o ponencias con varios autores, se concederá una sola ayuda, preferentemente al primer firmante.
Las solicitudes de ayudas para asistencia a congresos podrán presentarse en cualquier tiempo, con una antelación mínima de treinta días respecto de la fecha de resolución inmediatamente posterior, conforme a las previstas en la base sexta de la presente convocatoria.
SEXTA. EVALUACIÓN Y CONCESIÓN
Las solicitudes presentadas se seleccionarán en función
de la relevancia del congreso, el carácter de la participación
del solicitante, el interés y la calidad científica del trabajo
presentado y la adecuación del presupuesto de gastos previsto. Esta
valoración se llevará a cabo por una Comisión presidida
por el Director General de Universidades de la Consejería de Cultura
y Educación de la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia, que podrá recabar cuantos informes externos considere
necesarios.
La concesión o denegación de las ayudas será comunicada a los solicitantes en tres resoluciones a lo largo del año 1998, en las siguientes fechas:
SEPTIMA. JUSTIFICACIÓN.
Para hacer efectivo el pago de la ayuda solicitada deberán
presentarse a la Fundación Séneca los documentos originales
siguientes:
En ningún caso se abonarán cantidades por importe superior al de las facturas presentadas, y siempre dentro del límite del presupuesto aprobado.
La modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda deberá ser comunicada por el adjudicatario a la Fundación Séneca, solicitando su autorización y podrá determinar la devolución del todo o de parte de las cantidades recibidas. Las modificaciones no autorizadas, así como la indebida aplicación de la ayuda o el incumplimiento de cualquiera de las bases de la presente convocatoria, podrán determinar la revocación o minoración de la ayuda concedida y el reintegro de las cantidades que en cada caso correspondan.
La Fundación Séneca adoptará las medidas necesarias
para el seguimiento del desarrollo de la actividad subvencionada y de la
aplicación a la misma de la ayuda concedida. La aceptación
de las ayudas implica la de dichas medidas.
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