BECAS PARA FORMACIÓN DEL PERSONAL INVESTIGADOR

Acciones de formación 1998.

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BASES


Puede consultar la resolución de la presente convocatoria.
 

Puede obtener la documentación necesaria en formato Word 6.0 para Windows pulsando encima del nombre de archivo correspondiente. Si no tiene configurado su navegador puede utilizar el botón derecho del ratón y elegir la opción de guardar o salvar.

Nueva adjudicación Renovación Notas de ayuda para cumplimentar los documentos anteriores


PRIMERA. OBJETO.
 
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de becas para la formación en investigación científica, tecnológica y humanística de titulados superiores universitarios que deseen realizar una tesis doctoral, dentro de un programa de estudios de tercer ciclo. Las solicitudes a este programa podrán presentarse a cualquiera de las siguientes modalidades:

El disfrute de la beca podrá realizarse en parte en Centros de aplicación españoles y en parte en Centros de aplicación extranjeros, siempre por anualidades completas.
 


SEGUNDA. DESTINATARIOS.
 
Podrán optar a estas becas los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros, en cualquier área del conocimiento.


TERCERA. DURACIÓN.
 
La duración de las becas será de doce meses ininterrumpidos, a contar desde el 1 de octubre de 1998, pudiendo ser renovadas anualmente hasta un máximo de cuatro años consecutivos, en función del programa de trabajo, la evaluación científica y  las disponibilidades presupuestarias.

Excepcionalmente, la Fundación Séneca podrá autorizar aplazamientos en la fecha de incorporación, por periodo no superior a dos meses, previa propuesta motivada del solicitante, con el visto bueno del Director del proyecto de  tesis doctoral. El periodo aplazado no será recuperable para el disfrute de la beca.


CUARTA. DOTACIÓN Y PAGO.
 
La dotación de las becas será de 125.000 pesetas íntegras mensuales para la modalidad A y entre 150.000 y 185.000 pesetas mensuales para la modalidad B, a determinar por la Fundación Séneca en función del país del destino. Estas cantidades estarán sometidas a las retenciones establecidas en el Real Decreto 2539/1994, de 29 de diciembre. Además de esta cantidad, se satisfarán al becario:

  1. Un viaje de ida y vuelta al Centro de aplicación si se hallare fuera de la Región de Murcia.
  2. Un seguro de accidentes. Los becarios cuyo centro de aplicación se encuentre en el extranjero contarán, además, con un seguro de asistencia médica.
  3. Previa solicitud del becario y contra el justificante de pago, podrán satisfacerse total o parcialmente los gastos de matriculación en cursos de tercer ciclo, en los casos en que no se encuentre exento del pago.
Los pagos se realizarán mensualmente. Para proceder al primer pago, deberá presentarse a la Fundación Séneca una certificación del responsable legal del Centro acreditativa de la incorporación del becario al mismo, con indicación de la fecha en que ésta se produzca. En el caso de Centros de aplicación ubicados fuera de la Región de Murcia, el primer pago incluirá también la dotación para gastos de viaje, tras la presentación  del billete o factura de viaje original (o fotocopia del mismo en caso de billete de ida y vuelta). En este último caso el billete original se presentará a la terminación del periodo de disfrute de la beca.


QUINTA. REQUISITOS.
 
Para acceder a las becas convocadas será necesario reunir las siguientes condiciones:
 

  1. Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o residente en España en el momento de solicitar la beca.
  2. Haber nacido o acreditar tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el momento de la presentación de la solicitud y al menos con anterioridad al 1 de enero de 1998.
  3. Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero obtenido en junio de 1994 o fecha posterior, salvo los Licenciados en Medicina, Farmacia, Biología y Química que hayan realizado respectivamente el periodo de formación MIR, FIR, BIR o QUIR, en cuyo caso la fecha de terminación de estudios será de junio de 1990 o posterior. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, deberá acreditarse la convalidación o reconocimiento de los mismos a la fecha de la solicitud ,o, en su defecto, la circunstancia de hallarse pendiente la resolución.
  4. Contar con la aceptación, como Director del proyecto de tesis, de un doctor miembro de la plantilla de un Centro o Departamento de Investigación.
  5. No haber sido adjudicatario previamente de una beca integrada en cualquiera de los Programas de Formación de la Fundación Séneca. Se admitirán solicitudes de quienes siendo adjudicatarios de becas con cargo a programas de otras entidades financiadoras  se encuentren en el primer o segundo año de disfrute de la misma.
  6. No hallarse en posesión del título de doctor.
  7. Poseer una nota mínima en el expediente académico de primer y segundo ciclo igual o superior a 1,50 en el caso de solicitudes referidas a áreas de Ingenierías o Arquitectura, y de 2,00 en las referidas a las restantes áreas.
  8. Poseer un conocimiento suficiente del idioma de trabajo empleado en centro de estudios, en el caso de hallarse en el extranjero.
Dado su carácter de iniciación y formación en la investigación, la finalización del periodo de disfrute supondrá la imposibilidad de concesión de otra beca con cargo al mismo programa de formación predoctoral del personal investigador.


SEXTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.

Para formalizar solicitud a la presente convocatoria, deberán presentarse:
 

  1. Impreso de solicitud, con el visto bueno del Director del proyecto, según modelo que figura en el Anexo I-A
  2. Memoria del proyecto a desarrollar, con el visto bueno y datos del Director del mismo,  según modelo que figura en el Anexo II-A
  3. Información complementaria relativa al proyecto, según modelo que figura en el Anexo III-A
  4. Presupuesto de gastos, según modelo que figura en el Anexo IV-A
  5. Curriculum vitae del solicitante, según el modelo proporcionado.
  6. Curriculum vitae del Director del proyecto de tesis, según el modelo proporcionado.
  7. Carta del Director del Departamento o responsable legal del centro en la que se exprese que el solicitante será admitido  en el mismo en caso de obtener la beca.
  8. Certificación académica o fotocopia compulsada en la que figuren las calificaciones obtenidas y las fechas de las mismas. Se admitirá la presentación de una copia simple, quedando obligado el solicitante a presentar el certificado original en caso de serle adjudicada la beca.
  9. En el caso de Centros radicados fuera de la Región de Murcia, documentación impresa relativa al mismo,  donde se especifiquen los datos relativos al programa que se pretende seguir, coste de la matrícula, en su caso, y gastos que incluye.
  10. Fotocopia del D.N.I o Tarjeta de Residente del solicitante en caso de naturales de otros países.
  11. Fotocopia del D.N.I del Director del proyecto de tesis.
  12. Certificado que acredite la vecindad administrativa en la Región de Murcia, al menos desde el 1 de enero de 1998, en el caso de no haber nacido en la misma.
  13. En caso de hallarse percibiendo al tiempo de la solicitud, salarios procedentes de organismos o empresas, públicas o privadas, o becas o ayudas incompatibles, compromiso de renunciar a ellas en caso de adjudicación.
  14. Declaración del solicitante y documentos que considere oportunas para justificar una situación socioeconómico adversa, en su caso.

 SÉPTIMA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

 
Las bases de la convocatoria y los formularios anexos se encuentran disponibles en la dirección internet:
http://www.ccye.carm.es/seneca/seneca.html

La convocatoria y los formularios  pueden obtenerse, asimismo, en disquete, en el domicilio social de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, sito en Murcia, C/ Manresa, 5 - Entresuelo. Teléfono: (968) 222971/ 211424 Fax: 220712.

Una vez cumplimentados, los formularios que figuran en los Anexos I, II, III y IV, así como el curriculum vitae del solicitante y el del director de proyecto de tesis, deberán presentarse en el domicilio indicado en doble ejemplar, disquete y copia del mismo impresa en papel. En la carátula externa del disquete deberán figurar el nombre y apellidos del solicitante y la convocatoria a la que presenta solicitud. Los documentos complementarios relacionados en las letras  g a  k (también l, m y n en su caso),  de la base anterior, podrán presentarse sólo en papel. En caso de urgencia se admitirá la presentación de la solicitud y documentos señalados por telefax hasta el último día del plazo, a condición  de que en el plazo máximo de dos días naturales desde el de la presentación por este procedimiento, se presenten en la forma indicada en el párrafo anterior. En otro caso, se tendrá por no presentada la solicitud.

Las solicitudes que no acompañen los Anexos y documentación complementaria mencionada serán excluidas de la evaluación.
No podrá presentarse más de una solicitud por interesado.

Las solicitudes de ayudas a la presente convocatoria podrán presentarse desde el día 13 de julio hasta el  de 15 septiembre de 1998. Queda excluido del citado plazo de presentación el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de agosto, que se considerará inhábil.


OCTAVA. EVALUACIÓN Y CONCESIÓN.
 
La evaluación se realizará por una Comisión designada por la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, que estará presidida por el Director General de Universidades de la Consejería de Cultura y Educación.

En la evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta el expediente académico, que se estimará como mérito preferente,  el curriculum del solicitante, la calidad e interés del proyecto o plan de investigación a desarrollar y el historial científico, la capacidad formativa del Director del proyecto de tesis y, en su caso, la situación socioeconómica adversa debidamente acreditada.

Esta Comisión podrá solicitar cuantos informes estime necesarios a expertos externos. Asimismo, se podrá proceder a una entrevista personal.

La concesión o denegación de las ayudas será comunicada directamente a los solicitantes, con anterioridad al día 30 de septiembre de 1998. La falta de resolución expresa en dicho plazo implicará la desestimación de la solicitud. Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los solicitantes en el plazo de un mes desde la resolución de la convocatoria; las solicitudes no recogidas en dicho plazo serán destruidas.

La concesión y disfrute de estas becas no implica relación contractual o estatutaria con los Centros de aplicación ni con la Fundación Séneca.


NOVENA. OBLIGACIONES

Los beneficiarios de las becas quedarán atenidos a las siguientes obligaciones:
 

  1. Comunicar por escrito dirigido a la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, la aceptación de la beca y de los compromisos que la misma comporta, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la concesión.
  2. Incorporarse al Centro de aplicación como máximo el 1 de octubre de 1998, salvo aplazamiento autorizado, y acreditar esta circunstancia mediante la certificación expresada en la base cuarta. Los efectos económicos y jurídicos de la beca se computarán a partir de dicha fecha El becario deberá permanecer en dicho Centro durante el desarrollo de la beca. El cambio de director de proyecto, de centro o la ausencia temporal del mismo deberá ser autorizada previamente por la Fundación Séneca.
  3. La Fundación Séneca podrá conceder la interrupción del disfrute de la beca a petición razonada del interesado, previo informe del director de su proyecto de tesis y del responsable legal del centro de aplicación. Sólo en los casos en que se aprecie fuerza mayor o maternidad se podrá recuperar el periodo interrumpido, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.
  4. Hacer constar la financiación de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, a través de una beca del Programa Séneca en todos los artículos, comunicaciones a congresos, publicaciones u otros resultados de la investigación realizados durante el disfrute de la beca, incluida la tesis doctoral.
  5. Cumplir con aprovechamiento el plan de trabajo o el programa de estudios propuesto en la Memoria.
  6. Remitir a la Fundación Séneca en los plazos que ésta establezca informes de seguimiento y memoria final sobre su actividad académica e investigadora, avalados por el Director del proyecto o responsable del programa de estudios
  7. Si como resultado del desarrollo del proyecto se hubiesen realizado publicaciones, se remitirá copia o separata de los mismos a la Fundación Séneca. Si hubiera dado lugar a patentes se documentarán estas debidamente. El becario deberá asimismo remitir su curriculum vitae actualizado y un ejemplar de su tesis doctoral, una vez concluidos sus trámites de lectura y defensa.
La percepción de las dotaciones económicas y la renovación de las becas estarán condicionadas al cumplimiento de estos requisitos y al resultado de las evaluaciones periódicas.

El incumplimiento de las normas de la presente convocatoria, la inadecuación del gasto realizado o la evaluación negativa sobre el aprovechamiento del becario podrán determinar la revocación de la beca, debiendo el interesado reintegrar las cantidades correspondientes.


DÉCIMA. INCOMPATIBILIDAD
 
Las becas de este programa son incompatibles, con carácter general, con cualquier otra beca, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado con cualquier otra institución, organismo o empresa, pública o privada, incluida la Institución de la que dependa el Centro de Aplicación, salvo la realización de actividades derivadas de alguno de los contratos regulados en el artículo 11 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, o del artículo 11.2 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Estas situaciones deberán ser comunicadas a la Fundación Séneca. El Centro de Aplicación y el propio becario vendrán obligados a poner en conocimiento de la Fundación Séneca  cualquier situación de posible incompatibilidad.


UNDÉCIMA. DEDICACIÓN
 
La dedicación al proyecto será exclusiva. Los becarios podrán ser autorizados a prestar colaboración, con fines formativos, en tareas docentes de un departamento universitario, previa conformidad del director del proyecto de tesis y del representante legal del organismo, a propuesta del departamento interesado y por un máximo de 80 horas anuales. Esta colaboración deberá documentarse debidamente a efectos de concursos. El departamento universitario extenderá certificación de la docencia impartida por el becario al término de su realización.

Toda colaboración en tareas docentes del becario deberá ponerse en conocimiento de la Fundación Séneca, mediante remisión del documento que la acredite.
 


DUODÉCIMA. ESTANCIAS EXTERNAS
 
A partir del segundo año de disfrute de la beca, la Fundación Séneca podrá autorizar y financiar la realización por el becario de estancias cortas, de hasta tres meses por año, en Centros ajenos al de aplicación de la beca. Las condiciones para el disfrute de estancias externas se establecerán en una convocatoria anual.


DÉCIMOTERCERA. SEGUIMIENTO

La modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la beca, así como la de las condiciones de desarrollo de la misma, incluidas su interrupción o suspensión y la alteración de los programas previstos, deberá ser autorizada por la Fundación Séneca. La modificación no autorizada podrá determinar la revocación o minoración de la ayuda concedida.

La Fundación Séneca adoptará las medidas necesarias para el seguimiento del desarrollo de la actividad subvencionada y de la aplicación a la misma de la ayuda concedida. La aceptación de las ayudas implica la de dichas medidas y la de las bases de la presente convocatoria.


DÉCIMOCUARTA. AUSENCIA DE RELACIÓN CONTRACTUAL

La concesión y disfrute de estas becas no implica la existencia de relación contractual o estatutaria con el Centro de Aplicación de la beca o con la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación. Tampoco implica ningún compromiso por parte del Centro de Aplicación en cuanto a la posterior incorporación del becario a la plantilla del mismo.


DÉCIMOQUINTA. RENOVACIÓN

Para la renovación de las becas predoctorales adjudicadas en los años 1996 y 1997, los solicitantes deberán presentar junto a copia o separata de publicaciones realizadas, y documentación acerca de patentes si las ha habido, los siguientes documentos:
 

Las memorias e informes presentados serán sometidos a evaluación de expertos en las distintas áreas, a fin de determinar si procede la renovación de la beca.
Las becas renovadas a partir de 1998 se regirán por lo establecido en esta convocatoria.


DÉCIMOSEXTA. HOMOLOGACIÓN

Las becas concedidas con cargo a esta convocatoria son homologables  con las de la Secretaria de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo integradas en el Programa Nacional de Formación del Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, en virtud de Comunicación de la Dirección General de Enseñanza Superior del Ministerio de Educación y Cultura de 9 de diciembre de 1997.


AREAS DE APLICACIÓN
 
Las solicitudes deberán venir referidas a alguna de las siguientes áreas:


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