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AYUDAS A LA REALIZACIÓN DE
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN. |
Puede consultar la resolución de la presente convocatoria.
Puede obtener la documentación necesaria en formato Word 6.0 para Windows pulsando encima del nombre de archivo correspondiente. Sino tiene configurado su navegador puede utilizar el botón derecho del ratón y elegir la opción de guardar o salvar.
PRIMERA. OBJETO Y MODALIDADES.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de
ayudas para el desarrollo de proyectos de investigación conforme
a alguna de las siguientes modalidades:
Modalidad B. Proyectos de investigación nuevos referidos al siguiente tema de aplicación: "Programa de Desarrollo de una Línea de Conejos de Actitud Maternal".
SEGUNDA. DESTINATARIOS.
Podrán concurrir a la presente convocatoria equipos de investigación
integrados en centros de investigación públicos, o privados
sin ánimo de lucro, radicados en la Comunidad Autónoma de
la Región de Murcia, o que mantengan con estos una relación
estable de colaboración.
Los equipos de investigación podrán estar integrados
por personas de las siguientes categorías:
En los proyectos acogidos a la modalidad B la dedicación mínima del conjunto de investigadores doctores será de 0,8 Equivalentes de Jornada Completa (1 EJC=40 horas semanales de dedicación conjunta del equipo al proyecto). El equipo investigador en su conjunto deberá dedicar un mínimo de 2 EJC´s, excluida del cómputo la dedicación del personal auxiliar.
TERCERA. DURACIÓN.
Los proyectos de investigación presentados a esta convocatoria, tendrán una duración máxima de tres años. En el caso de los proyectos acogidos a la modalidad A, la duración será la que reste respecto a la inicialmente concedida.
CUARTA. CONDICIONES DE EJECUCIÓN.
Los proyectos deberán concretar los objetivos que se desean alcanzar con especificación precisa de resultados materiales que deberán entregarse de acuerdo con el plan de trabajo que el propio solicitante determine. En proyectos de más de un año de duración, se preverán entregas parciales.
Serán financiables los costes del personal auxiliar de apoyo,
consumibles, viajes y dietas, y gastos indirectos, con sujeción
a las siguientes condiciones:
QUINTA. DOTACIÓN Y PAGO.
La cuantía de las ayudas se fijará en función del presupuesto de gastos hecho por el solicitante y de las disponibilidades presupuestarias.
Los pagos se cuantificarán en función del plan de trabajo presentado por el equipo de investigación, distribuido por anualidades y conceptos de gasto. Su detalle figurará en la hoja económica correspondiente.
El importe de las ayudas se librará al organismo con personalidad jurídica en el que se encuentre integrado el investigador principal. El primer pago se realizará al tiempo de la resolución, que establecerá asimismo el importe y los plazos correspondientes a los restantes libramientos. La Fundación reservará un porcentaje de la ayuda correspondiente a la última anualidad, que se satisfará a la justificación definitiva del proyecto.
Todos los libramientos estarán condicionados al cumplimiento satisfactorio del plan de trabajo, a la entrega de los resultados parciales y a las justificaciones anuales del proyecto.
A los efectos previstos en esta convocatoria, los organismos perceptores se considerarán como beneficiarios de las ayudas, siendo responsables de la aplicación de las cantidades a los fines propuestos y de incluirlas en sus propios presupuestos.
La no presentación de los documentos justificativos en los plazos previstos, asi como el incumplimiento o cumplimiento irregular de las demás condiciones establecidas en la presente convocatoria o la inadecuada aplicación de las ayudas podrá determinar la revocación de la ayuda concedida, con devolución de las cantidades recibidas y de los intereses al tipo legal, desde el momento de la transferencia.
SEXTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Para formalizar solicitud a la presente convocatoria, deberán
presentarse:
En el caso de proyectos acogidos a la Modalidad A:
SEPTIMA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las bases de la convocatoria y los formularios anexos se encuentran disponibles en la dirección Internet:
La convocatoria y los formularios pueden obtenerse, asimismo, en disquete, en el domicilio social de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, sito en Murcia, C/ Manresa, 5 - Entresuelo. Teléfono: 222971 Fax: 220712
Una vez cumplimentada la documentación reseñada en la base sexta deberá presentarse en el domicilio indicado, en doble ejemplar, disquete y copia impresa en papel del mismo. En la carátula externa del disquete deberán figurar el nombre y apellidos del investigador principal y la modalidad a la que presenta la solicitud. Los documentos complementarios relacionados en la letra f de la base anterior podrán presentarse sólo en papel. En el caso de proyectos acogidos a la modalidad A, los documentos señalados en la base anterior podrán presentarse sólo en papel.
En caso de urgencia, se admitirá la presentación de la solicitud y documentos señalados por telefax, a condición de que en el plazo máximo de tres días naturales desde el cierre de la convocatoria, se presenten en la forma indicada en el párrafo anterior. En otro caso, se tendrá por no presentada la solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse a una sola de las modalidades establecidas en la base primera. Ningún investigador podrá presentar más de una solicitud en esta convocatoria.
Las solicitudes de ayudas a la presente convocatoria deberán
presentarse antes del 15 de abril de 1998.
OCTAVA. EVALUACIÓN Y CONCESION
La evaluación se realizará por una Comisión, presidida por el Director General de Investigación y Transferencia Tecnológica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua de la Región de Murcia. Esta Comisión podrá solicitar cuantos informes externos estime necesarios.
La evaluación de los proyectos se hará conforme a los
siguientes criterios:
La concesión o denegación de la solicitudes se comunicará
a los interesados con anterioridad al 30 de abril de 1998. De no recaer
resolución expresa en dicho plazo, se entenderá desestimada
la solicitud.
NOVENA. SEGUIMIENTO
Para el adecuado seguimiento del proyecto, y sin perjuicio de la entrega de los resultados previstos en el plan de trabajo, los proyectos de nueva adjudicación, deberán presentar anualmente a la Fundación Séneca los siguientes documentos:
La modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como la de las condiciones de desarrollo del proyecto, incluidas su interrupción o suspensión y la alteración del plan de trabajo o del programa de ejecución del gasto previsto, deberá ser comunicada por el adjudicatario a la Fundación Séneca, solicitando su autorización, en las condiciones previstas en el convenio regulador del proyecto de investigación.
La aceptación de las ayudas por parte del investigador principal
y de los organismos, entes o centros implica la aceptación de estas
bases.
DÉCIMA. EVALUACIÓN FINAL
A la terminación del proyecto, y en el plazo máximo de cuatro meses, el investigador principal deberá presentar una memoria científica final, en formato susceptible de publicación, sobre el desarrollo y objetivos alcanzados.
Esta memoria incluirá las publicaciones científicas derivadas de la investigación desarrollada, que deberán indicar el patrocinio de la Fundación Séneca dentro de las Acciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua y el código de identificación del proyecto.
Si el desarrollo del proyecto hubiera dado lugar a libros, monografías, artículos científicos, tesis doctorales, tesinas de licenciatura, comunicaciones a congresos, contratos, modelos de utilidad, etc, se remitirá copia de ellos a la Fundación Séneca.
En el caso de obtención de patentes o modelos de utilidad como resultado del proyecto, serán copropietarios la Fundación Séneca y el organismo del que dependa el grupo que lo desarrolló.
La memoria final y los resultados del proyecto de investigación
serán objeto de evaluación científica. Esta evaluación
será tenida en cuenta en la resolución de convocatorias futuras
de la Fundación.
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