BECAS PARA FORMACIÓN DE POSTGRADO Y ALTA CUALIFICACIÓN

Acciones de formación 1998.

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BASES


Puede consultar la resolución de la presente convocatoria.
 

Puede obtener la documentación necesaria en formato Word 6.0 para Windows pulsando encima del nombre de archivo correspondiente. Si no tiene configurado su navegador puede utilizar el botón derecho del ratón y elegir la opción de guardar o salvar.

Nueva adjudicación Renovación Normas para cumplimentar los documentos anteriores


PRIMERA. OBJETO.
 
La presente convocatoria tiene por objeto promover la formación especializada de profesionales en sectores socioeconómicos de interés para la Región de Murcia, mediante la realización de estudios superiores de alta cualificación, Master o Seminarios en centros de formación de postgrado ubicados fuera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.


SEGUNDA. DESTINATARIOS.
 
Podrán acceder a estas becas los titulados universitarios nacidos o con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.


TERCERA. DURACIÓN.
 
La duración mínima de estas becas será de 6 meses, con un máximo de 24 meses consecutivos. La fecha de comienzo de los estudios deberá ser en todo caso, anterior al 30 de noviembre de 1998.


CUARTA. DOTACIÓN Y PAGO.
 
La cuantía de las becas se fijará en función de las disponibilidades presupuestarias, los costes de matrícula y la previsión de gastos de estancia hecha por el solicitante, así como la estimación que, en su caso, pueda hacer el centro receptor. Estas cantidades estarán sometidas a las retenciones establecidas en el Real decreto 2539/1994, de 29 de diciembre.

 Se satisfarán al becario:

  1. Los gastos de matriculación en el Centro de aplicación de la beca, total o parcialmente, si los hubiere. Con carácter general no se abonarán gastos de matrícula por importe superior a 1.000.000 de pesetas.
  2. Un viaje de ida y vuelta al Centro de aplicación.
  3. Un seguro de accidentes. Los becarios cuyo centro de aplicación se encuentre en el extranjero contarán, además, con un seguro de asistencia médica.
El pago se realizará mensualmente. Junto con el primer libramiento se incluirá la dotación para gastos de matrícula y viaje de ida y vuelta. Dentro de los siete días siguientes al comienzo del curso el becario deberá presentar o remitir a la Fundación Séneca los siguientes documentos:
  1. Justificante original del pago completo de la matrícula del curso.
  2. Billete o factura de viaje original o fotocopia del mismo en caso de billete de ida y vuelta. En este último caso el billete original se presentará a la terminación del periodo de disfrute de la beca.
  3. Certificado expedido por el Centro acreditativo de la incorporación del becario al mismo, con indicación de la fecha en que esta se ha producido.
La falta de presentación de los citados documentos dentro del plazo indicado, así como el incumplimiento o cumplimiento irregular de las demás condiciones establecidas en la presente convocatoria o la inadecuada aplicación de las ayudas podrá determinar la revocación de la beca concedida, con devolución de las cantidades recibidas y de los intereses al tipo legal, desde el momento de la transferencia.


QUINTA. REQUISITOS.

Para acceder a las becas convocadas será necesario reunir las siguientes condiciones:

  1. Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o residente en España en el momento de solicitar la beca.
  2. Haber nacido o acreditar tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el momento de presentar la solicitud y, al menos, desde el 1 de enero de 1998.
  3. Estar en posesión de un título universitario oficial, obtenido en 1994 o fecha posterior.
  4. No haber disfrutado en años anteriores de una beca de formación de postgrado o predoctoral.
  5. Poseer un conocimiento suficiente del idioma de trabajo empleado en centro de estudios, en el caso de hallarse en el extranjero.

SEXTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
 
Para formalizar solicitud a la presente convocatoria, deberán presentarse:

  1. Impreso de solicitud, según modelo que figura en el Anexo I-A.
  2. Memoria de los estudios que se pretenden cursar, con indicación del programa de estudios a realizar, carga lectiva, y fechas de inicio y terminación, según modelo que figura en el Anexo II-A.
  3. Presupuesto de gastos de matrícula o inscripción, viaje de ida y vuelta al centro de origen y gastos de estancia, según el modelo que figura en el Anexo III-A.
  4. Curriculum vitae del solicitante, según el modelo proporcionado.
  5. Certificación académica o fotocopia compulsada en la que figuren las calificaciones obtenidas y las fechas de las mismas. Se admitirá la presentación de una copia simple, quedando obligado el solicitante a presentar el certificado original en caso de serle adjudicada la beca.
  6. Documentación que acredite la preinscripción o admisión provisional en el programa solicitado y el importe de la matrícula.
  7. Documentación impresa del centro de estudios donde se especifiquen los datos relativos al programa que se pretende seguir coste de la matrícula y gastos que incluye.
  8. Fotocopia del D.N.I o tarjeta de residencia.
  9. Certificado que acredite la vecindad administrativa en la Región de Murcia, en el caso de no haber nacido en la misma
  10. En caso de hallarse percibiendo al tiempo de la solicitud, salarios procedentes de organismos o empresas, públicas o privadas, o becas o ayudas incompatibles, compromiso de renunciar a ellas en caso de adjudicación.
  11. Declaración del solicitante y documentos que considere oportunos para justificar una situación socioeconómica adversa, en su caso.

 SÉPTIMA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

 
Las bases de la convocatoria y los formularios anexos se encuentran disponibles en la dirección internet:
http://www.ccye.carm.es/seneca/seneca.html

La convocatoria y los formularios  pueden obtenerse, asimismo, en disquete, en el domicilio social de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, sito en Murcia, C/ Manresa, 5 - Entresuelo. Teléfono: (968) 222971 / 211424  Fax: 220712

Una vez cumplimentados, los formularios que figuran en los Anexos I, II y III, así como el curriculum vitae del solicitante deberán presentarse en el domicilio indicado en doble formato, disquete y papel. En la carátula externa del disquete deberán figurar el nombre y apellidos del solicitante y la convocatoria a la que presenta solicitud. Los documentos complementarios relacionados en las letras e, f, g y h (también i , j y k  en su caso) de la base anterior, podrán presentarse sólo en papel. Las solicitudes que no acompañen los Anexos y documentos complementarios mencionados serán excluidas de la evaluación.

En caso de urgencia se admitirá la presentación de la solicitud y documentos señalados por telefax, a condición  de que en el plazo máximo de dos días, se presenten en la forma indicada en el párrafo anterior. En otro caso, se tendrá por no presentada la solicitud.

No podrá presentarse más de una solicitud por interesado.

Las solicitudes de ayudas a la presente convocatoria deberán presentarse desde el 13  de julio hasta el 9 de septiembre de 1998. Queda excluido del citado plazo de presentación el periodo entre el 1 y el 31 de agosto, que se considerará inhábil.
 


OCTAVA. EVALUACIÓN Y CONCESIÓN.
 
La selección de los beneficiarios se hará en función de los méritos académicos que concurran en cada candidato, de su experiencia profesional, del prestigio del curso y centro elegidos, del interés de la actividad para los sectores socioeconómicos de la Región y, en su caso, de la situación socioeconómica adversa debidamente acreditada.

La evaluación se realizará por una Comisión presidida por el Director General de Universidades de la Consejería de Cultura y Educación. Esta Comisión podrá solicitar cuantos informes estime necesarios a expertos externos. Asimismo, se podrá proceder a una entrevista personal.

La concesión o denegación de las ayudas será comunicada directamente a los solicitantes, con anterioridad al día 30 de Septiembre. La falta de resolución expresa en dicho plazo implicará la desestimación de la solicitud. Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los solicitantes en el plazo de un mes desde la resolución de la convocatoria; las solicitudes no recogidas en dicho plazo serán destruidas.

La concesión y disfrute de estas becas no implica relación contractual o estatutaria con los Centros de aplicación ni con la Fundación Séneca.


NOVENA. OBLIGACIONES POSTERIORES

Conforme a lo previsto en la base cuarta, los adjudicatarios de las ayudas vendrán obligados a acreditar su incorporación al curso dentro de los siete días siguientes al inicio del mismo mediante certificación expedida por el responsable del programa o de los cursos. Se admitirá la presentación por telefax.

Además, deberá comunicar por escrito dirigido a la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, la aceptación de la beca y de los compromisos que la misma comporta, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la concesión.

Sin perjuicio de los informes que se requieran para el seguimiento de la actividad financiada, dentro del plazo de un mes a partir de la finalización del curso el becario deberá presentar una breve memoria en la que se explicite la actividad académica desarrollada y las calificaciones obtenidas.

El becario hará constar en publicaciones, programas, o actividades en las que intervenga en tal condición la financiación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de una beca de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación.
 


DÉCIMA. SEGUIMIENTO
 
La modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la beca, así como la de las condiciones de desarrollo del curso, incluidas su interrupción o suspensión y la alteración de los programas previstos, deberá ser comunicada por el adjudicatario a la Fundación Séneca, solicitando su autorización y podrá determinar la devolución del todo o de parte de las cantidades recibidas. La modificación no autorizada podrá determinar la revocación o minoración de la ayuda concedida.

La Fundación Séneca adoptará las medidas necesarias para el seguimiento del desarrollo de la actividad subvencionada y de la aplicación a la misma de la ayuda concedida. La aceptación de las ayudas implica la de dichas medidas y la de las bases de la presente convocatoria.


UNDÉCIMA. RENOVACIÓN

Para la renovación de las becas de postgrado adjudicadas en la convocatoria de 1997, los solicitantes deberán presentar, junto al informe final de la actividad realizada y el original o copia compulsada de las calificaciones obtenidas por el becario, los siguientes documentos:
 

  1. Impreso de solicitud, según el modelo que figura en el Anexo I-B
  2. Memoria de los estudios que se pretenden cursar, con indicación del programa de estudios, carga lectiva, fechas de inicio y terminación según modelo que figura en el anexo II-B.
  3. Presupuesto de gastos, según modelo que figura en el Anexo III-B
Las memorias e informes presentados serán sometidos a evaluación de expertos en las distintas áreas, a fin de determinar si procede la renovación de la beca.
Las becas renovadas a partir de 1998 se regirán por lo establecido en esta convocatoria.

 


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