BECAS PARA FORMACIÓN POSTDOCTORAL DEL PERSONAL INVESTIGADOR

Acciones de formación 1998.

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BASES


Puede consultar la resolución de la presente convocatoria.
 

Puede obtener la documentación necesaria en formato Word 6.0 para Windows pulsando encima del nombre de archivo correspondiente. Si no tiene configurado su navegador puede utilizar el botón derecho del ratón y elegir la opción de guardar o salvar.

Nueva adjudicación Renovación Notas de ayuda para cumplimentar los documentos anteriores


PRIMERA. OBJETO.
 
La presente convocatoria tiene por objeto el perfeccionamiento de doctores que deseen realizar un proyecto de investigación en centros de investigación públicos, o privados sin ánimo de lucro ubicados fuera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con el fin de favorecer su movilidad y su integración posterior en centros públicos o unidades privadas de I+D. El disfrute de la beca podrá realizarse en Centros de aplicación españoles o extranjeros.


SEGUNDA. DESTINATARIOS.
 
Podrán optar a estas becas los Licenciados, Ingenieros o Arquitectos  con grado de doctor, o cuya tesis esté en trámite de lectura y defensa, y que no pertenezcan actualmente a la plantilla de un centro de investigación público o privado sin ánimo de lucro radicado en la Región de Murcia. Se estimarán preferentes las solicitudes de doctores en Ingeniería y Arquitectura.


TERCERA. DURACIÓN.

La duración de las becas será de doce meses ininterrumpidos, a contar desde la fecha en que se produzca la incorporación del becario al Centro de aplicación, que tendrá lugar, en todo caso, con anterioridad al 15 de diciembre de  1998. Las becas podrán ser renovadas por un año más, en función de la evaluación científica y de las disponibilidades presupuestarias.

Excepcionalmente, la Fundación Séneca podrá autorizar aplazamientos en la fecha de incorporación, por periodo no superior a dos meses, previa propuesta motivada del solicitante, con el visto bueno del Director del proyecto de investigación. El periodo aplazado no será recuperable para el disfrute de la beca.


CUARTA. DOTACIÓN Y PAGO.

La dotación de las becas será de 185.000 pesetas mensuales brutas para las becas a desarrollar en España y de una cantidad comprendida entre 200.000 y 225.000 pesetas mensuales brutas, según el país de destino, para las becas a desarrollar en el extranjero. Estas cantidades estarán sometidas a las retenciones establecidas en el Real decreto 2539/1994, de 29 de diciembre.

Además de esta cantidad, se satisfarán al becario:

  1. Un viaje de ida y vuelta al Centro de aplicación.
  2. Un seguro de accidentes corporales. Los becarios que desarrollen su beca en el extranjero  contarán, asimismo, con un seguro médico.
Para proceder al primer pago, deberá presentarse a la Fundación Séneca una  certificación del responsable legal del Centro, acreditativa de la incorporación del becario al mismo, con indicación de la fecha en que ésta se produzca. Así como el billete o factura de viaje original (o fotocopia del mismo en caso de billete de ida y vuelta). En este último caso el billete original se presentará a la terminación del periodo de disfrute de la beca.

Las cantidades concedidas estarán, en todos los casos, en función de las disponibilidades presupuestarias.


QUINTA. REQUISITOS.
 
Para acceder a las becas convocadas será necesario reunir las siguientes condiciones:
 

  1. Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o residente en España en el momento de solicitar la beca.
  2. Haber nacido o acreditar tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el momento de la presentación de la solicitud y, al menos, con anterioridad al 1 de enero de 1998. Los doctores por la Universidad de Murcia, podrán presentar acreditación de la vecindad administrativa obtenida en cualquier fecha anterior a la de presentación de la solicitud.
  3. Estar en posesión del título de doctor, obtenido en 1995 o fecha posterior. Excepcionalmente, se admitirán solicitudes de no doctores cuya tesis esté en trámite de lectura y defensa, siempre que aporten un certificado de la Comisión de Doctorado acreditativo de haberse depositado la tesis y en el que se indique la fecha prevista de lectura.
  4. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, deberá acreditarse la convalidación o reconocimiento de los mismos a la fecha de la presentación de la solicitud, o, en su defecto,  la circunstancia de hallarse pendiente resolución del expediente.
  5. No haber sido adjudicatario previamente de una beca postdoctoral.
  6. Poseer un conocimiento suficiente del idioma de trabajo empleado en centro de estudios, en el caso de hallarse en el extranjero.

SEXTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
 
Para formalizar solicitud a la presente convocatoria, deberán presentarse:

  1. Impreso de solicitud, según modelo que figura en el Anexo I-A
  2. Breve memoria del proyecto a desarrollar con indicación de su título y descripción, según modelo que figura en el Anexo II-A.
  3. Información complementaria sobre la actividad a realizar según modelo que figura en el Anexo III-A.
  4. Presupuesto de gastos, según modelo que figura en el Anexo IV-A.
  5. Curriculum vitae del solicitante, según el modelo proporcionado
  6. Original del título de Doctor. Se admitirá también copia simple de dicho título, quedando obligado el becario en caso de adjudicación a presentar el certificado original o copia compulsada del mismo. En caso de hallarse la tesis en trámite de lectura y defensa, certificado de la comisión de doctorado acreditativa de haberse depositado.
  7. Certificación académica o fotocopia compulsada en la que figuren las calificaciones obtenidas y las fechas de las mismas. Se admitirá la presentación de una copia simple, quedando obligado el solicitante a presentar el certificado original en caso de serle adjudicada la beca.
  8. Carta de aceptación del responsable legal del Centro de aplicación y documentación impresa relativa al mismo,  donde se especifiquen los datos relativos al proyecto o programa que se pretende seguir, coste de la matrícula, en su caso, y gastos que incluye.
  9. En caso de hallarse percibiendo al tiempo de la solicitud, salarios procedentes de organismos o empresas, públicas o privadas, o becas o ayudas incompatibles, compromiso de renunciar a ellas en caso de adjudicación.
  10. Certificado que acredite la vecindad administrativa en la Región de Murcia, al menos desde el 1 de enero de 1998, en el caso de no haber nacido en la misma.
  11. Fotocopia del D.N.I o tarjeta de residencia del becario.

 SÉPTIMA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

 
Las bases de la convocatoria y los formularios anexos se encuentran disponibles en la dirección internet:
http://www.ccye.carm.es/seneca/seneca.html

La convocatoria y los formularios  pueden obtenerse, asimismo, en disquete, en el domicilio social de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, sito en Murcia, C/ Manresa, 5 - Entresuelo. Teléfono: (968) 222971 / 211424 Fax: 220712

Una vez cumplimentados, los formularios que figuran en los Anexos I, II, III y IV, así como el curriculum vitae del solicitante deberán presentarse en el domicilio indicado el disquete y la copia del mismo impresa en papel. En la carátula externa del disquete deberán figurar el nombre y apellidos del solicitante y la convocatoria a la que presenta solicitud. Los documentos complementarios relacionados en las letras f a k de la base anterior, podrán presentarse sólo en papel.

En caso de urgencia se admitirá la presentación de la solicitud y documentos señalados por telefax hasta el último día del plazo, a condición  de que en el plazo máximo de dos días desde  el de la presentación por este procedimiento, se presenten en la forma indicada en el párrafo anterior. En otro caso, se tendrá por no presentada la solicitud.

Las solicitudes que no acompañen los Anexos y documentación complementaria mencionada serán excluidas de la evaluación.
No podrá presentarse más de una solicitud por interesado.

Las solicitudes de ayudas a la presente convocatoria podrán presentarse desde el 13 de julio  hasta el 15 de septiembre de  1998. Queda excluido del citado plazo de presentación el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de agosto, que se considerará inhabil.


OCTAVA. EVALUACIÓN Y CONCESIÓN.
 
La evaluación se realizará por una Comisión designada por la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, que estará presidida por el Director General de Universidades de la Consejería de Cultura y Educación
 
En la evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta el expediente académico, curriculum y experiencia investigadora del solicitante, la calidad, interés y viabilidad del proyecto o programa de investigación a desarrollar, el Centro de recepción y el carácter prioritario del área de conocimiento del solicitante.

La Comisión Evaluadora podrá solicitar cuantos informes estime necesarios a expertos externos. Asimismo, se podrá proceder a una entrevista personal, en la que se soliciten al candidato datos adicionales sobre su formación y curriculum, o sobre cualquier otro aspecto que la Comisión juzgue oportuno.

La concesión o denegación de las ayudas será comunicada directamente a los solicitantes, como  máximo el día  30 de septiembre de 1998. La falta de resolución expresa en dicho plazo implicará la desestimación de la solicitud. Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los solicitantes en el plazo de un mes desde la resolución de la convocatoria; las solicitudes no recogidas en dicho plazo serán destruidas.
 


NOVENA. OBLIGACIONES

Los beneficiarios de las becas quedarán atenidos a las siguientes obligaciones:

  1. Comunicar por escrito dirigido a la Fundación Séneca, Centro de Coordinación la aceptación de la beca y de los compromisos que la misma comporta, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la concesión.
  2. Incorporarse al Centro de aplicación como máximo el 15 de diciembre de 1998, salvo aplazamiento autorizado, y acreditar esta circunstancia mediante la certificación expresada en la base cuarta. Los efectos económicos y jurídicos de la beca se computarán a partir de dicha fecha El becario deberá permanecer en dicho Centro durante el desarrollo de la beca. El cambio de director de proyecto, de centro o la ausencia temporal del mismo deberá ser autorizada previamente por la Fundación Séneca.
  3. La Fundación Séneca podrá conceder la interrupción del disfrute de la beca a petición razonada del interesado, previo informe del director de su proyecto de tesis y del responsable legal del centro de aplicación. Sólo en los casos en que se aprecie fuerza mayor o maternidad se podrá recuperar el periodo interrumpido, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.
  4. Hacer constar la financiación de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, a través del Programa Séneca en todos los artículos, comunicaciones a congresos, publicaciones u otros resultados de la investigación realizada.
  5. Cumplir con aprovechamiento el plan de trabajo propuesto en la Memoria.
  6. Remitir a la Fundación Séneca en los plazos que ésta establezca informes de seguimiento sobre su actividad investigadora.
  7. Presentar dentro de los treinta días siguientes a la finalización del periodo de disfrute de la beca una memoria final, de extensión no superior a 10 folios, con el Visto Bueno del director del proyecto, en la que se exprese el trabajo realizado incluyendo, en su caso, la actividad docente y los resultados obtenidos. Si dichos resultados hubieran sido objeto de publicaciones, se remitirá copia o separata de los mismos a la Fundación Séneca. Si hubiera dado lugar a patentes se documentarán estas debidamente. El becario deberá asimismo remitir su curriculum vitae actualizado.
La percepción de las dotaciones económicas y la renovación de las becas  estarán condicionadas al cumplimiento de estos requisitos y al resultado de la evaluación científica.

El incumplimiento de las normas de la presente convocatoria, la inadecuación del gasto a la actividad propuesta  o la evaluación negativa sobre el aprovechamiento del becario podrán determinar la revocación de la beca, debiendo el interesado reintegrar las cantidades correspondientes.


DÉCIMA. INCOMPATIBILIDAD
 
Las becas de este programa son incompatibles, con carácter general, con cualquier otra beca, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado con cualquier otra institución, organismo o empresa, pública o privada, incluida la Institución de la que dependa el Centro de Aplicación, salvo la realización de actividades derivadas de alguno de los contratos regulados en el artículo 11 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, o del artículo 11.2 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Estas situaciones deberán ser comunicadas a la Fundación Séneca. El becario vendrá obligado a poner en conocimiento de la Fundación Séneca  cualquier situación de posible incompatibilidad.


UNDÉCIMA. DEDICACIÓN

La dedicación al proyecto será exclusiva. Excepcionalmente, la Fundación Séneca podrá autorizar la compatibilidad de la beca con la colaboración en tareas docentes del Centro de aplicación, sin que esta colaboración pueda retrasar el desarrollo de su actividad investigadora y por un máximo de 80 horas semanales, siempre que se solicite en escrito motivado, firmado por el becario, el Director del proyecto de investigación y con el visto bueno el responsable del Centro de aplicación.

Toda colaboración en taras docentes del becario deberá ponerse en conocimiento de la Fundación Séneca, mediante remisión del documento que la acredite.
 


DUODÉCIMA. SEGUIMIENTO

La modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la beca, así como la de las condiciones de desarrollo de la misma, incluidas su interrupción o suspensión y la alteración de los programas previstos, deberá ser autorizada por la Fundación Séneca. La modificación no autorizada podrá determinar la revocación o minoración de la ayuda concedida. La Fundación Séneca adoptará las medidas necesarias para el seguimiento del desarrollo de la actividad subvencionada y de la aplicación a la misma de la ayuda concedida. La aceptación de las ayudas implica la de dichas medidas y la de las bases de esta convocatoria.

La Fundación Séneca adoptará las medidas necesarias para el seguimiento del desarrollo de la actividad subvencionada y de la aplicación a la misma de la ayuda concedida. La aceptación de las ayudas implica la de dichas medidas y la de las bases de la presente convocatoria.
 


DÉCIMOTERCERA. AUSENCIA DE RELACIÓN CONTRACTUAL

La concesión y disfrute de estas becas no implica la existencia de relación contractual o estatutaria con el Centro de Aplicación de la beca o con la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación. Tampoco implica ningún compromiso por parte del Centro de aplicación en cuanto a la posterior incorporación del becario a la plantilla del mismo.


DÉCIMOCUARTA. RENOVACIÓN
 
Para la renovación de las becas postdoctorales adjudicadas en la convocatoria de 1997, los solicitantes deberán presentar junto al informe final de la actividad realizada, copia o separata de publicaciones realizadas, y documentación acerca de patentes si las ha habido, los siguientes documentos:

  1. Impreso de solicitud, según el modelo que figura en el Anexo I-B
  2. Memoria de la actividad a realizar según figura en el  Anexo II-B. El informe deberá ir firmado por el becario y por el Director del proyecto.
Las memorias e informes presentados serán sometidos a evaluación de expertos en las distintas áreas, a fin de determinar si procede la renovación de la beca.

Las becas renovadas a partir de 1998 se regirán por lo establecido en esta convocatoria.
 


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