BECAS PARA LA INCORPORACIÓN DE INVESTIGADORES A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Acciones de formación 1998.

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BASES


Puede consultar la resolución de la presente convocatoria.
 

Puede obtener la documentación necesaria en formato Word 6.0 para Windows pulsando encima del nombre de archivo correspondiente. Si no tiene configurado su navegador puede utilizar el botón derecho del ratón y elegir la opción de guardar o salvar.

Nueva adjudicación Renovación Notas de ayuda para cumplimentar los documentos anteriores


PRIMERA. OBJETO.
 
 La presente convocatoria tiene por objeto facilitar el retorno de investigadores que han completado un periodo de formación fuera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante su  incorporación a Centros de Investigación radicados en ésta para desarrollar en ellos un proyecto propio, o para integrarse en un grupo de investigación.

Las solicitudes a la presente convocatoria podrán presentarse a una sola de las siguientes modalidades:


SEGUNDA. DESTINATARIOS.
 
Podrán optar a estas becas los doctores que hayan completado un periodo de formación no inferior a un año fuera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Se estimarán preferentes las solicitudes de doctores en Arquitectura, Ingeniería Industrial, Ingeniería Agrónoma e Ingeniería en Telecomunicaciones.


TERCERA. DURACIÓN.

La duración de las becas será de doce meses ininterrumpidos, a contar desde la fecha en que se produzca la incorporación del becario al Centro de aplicación, que tendrá lugar, en todo caso, con anterioridad al 15 de diciembre de 1998. Las becas podrán ser renovadas por un año más.

Excepcionalmente, la Fundación Séneca podrá autorizar aplazamientos en la fecha de incorporación, por periodo no superior a dos meses, previa propuesta motivada del solicitante, con el visto bueno del Director del centro de aplicación. El periodo aplazado no será recuperable para el disfrute de la beca.


CUARTA. DOTACIÓN Y PAGO.

La dotación de las becas será de hasta 225.000 pesetas mensuales brutas. Estas cantidades estarán sometidas a las retenciones establecidas en el Real decreto 2539/1994, de 29 de diciembre. Además de esta cantidad, se suscribirá a favor del becario un seguro de accidentes corporales.

Las cantidades concedidas estarán, en todos los casos, en función de las disponibilidades presupuestarias.

Para la realización del primer pago deberá presentarse a la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, una certificación del responsable legal del Centro de aplicación, acreditativa de la incorporación del becario al mismo, con indicación de la fecha en que ésta se produzca.

Excepcionalmente, podrá satisfacerse al organismo donde se desarrolle la investigación una ayuda por importe máximo de 500.000 pesetas anuales para atender a los gastos que el trabajo de investigación pueda originar. La satisfacción de esta última cantidad se hará contra la remisión a la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, de una relación justificada de facturas, supervisadas mediante firma acreditativa del responsable legal del Centro.


QUINTA. REQUISITOS.
 
Para acceder a las becas convocadas será necesario reunir las siguientes condiciones:
 

  1. Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o residente en España en el momento de solicitar la beca.
  2. Estar en posesión de título de doctor. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, deberá acreditarse la convalidación o reconocimiento de los mismos a la fecha de presentación de la solicitud, o, en su defecto, de hallarse pendiente la resolución del expediente.
  3. Haber estado o estar actualmente integrado en un centro de investigación público o privado ubicado fuera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia realizando actividades investigadoras durante, al menos, un curso académico a partir de octubre de 1994.
  4. No haber disfrutado anteriormente de una beca o contrato  de incorporación de doctores. Se admitirán solicitudes de candidatos que hayan sido adjudicatarios de becas o contratos de esta clase con cargo a programas nacionales o internacionales distintos del de la Fundación Séneca y se encuentren en el primer año de disfrute de los mismos. En esta caso la concesión no podrá hacerse por periodo superior a un año.

SEXTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
 
Para formalizar solicitud a la presente convocatoria, deberán presentarse:
 

  1. Impreso de solicitud, según modelo que figura en el Anexo I-A
  2. Breve memoria del proyecto a desarrollar con indicación de su título y descripción  según modelo que figura en el Anexo II-A.
  3. Documentación complementaria sobre el proyecto a realizar según modelo que figura en el Anexo III-A
  4. Presupuesto de gastos según modelo que figura en Anexo IV-A.
  5. Curriculum vitae actualizado del solicitante, según el modelo proporcionado.
  6. Original del título de Doctor. Se admitirá también copia simple del título de doctor, quedando obligado el becario en caso de adjudicación a presentar el certificado original o copia compulsada del mismo. 
  7. Documentación acreditativa de la estancia del solicitante en un centro de investigación ubicado fuera de la Región de Murcia, en la que se indicarán la duración de la estancia y actividad investigadora desarrollada en el mismo, así como el carácter de la vinculación con el Centro. En su caso, se acompañarán copia del contrato o credencial de becario.
  8. Carta del Director de la línea  de investigación a la que se incorporará el solicitante, expresando su aceptación. Esta carta deberá contar con el Visto Bueno del responsable legal del Centro de aplicación. En el caso de investigadores que pretendan desarrollar un proyecto propio, deberán presentarse un informe de oportunidad y una carta de aceptación expedidas por el responsable legal del Centro de aplicación.
  9. Fotocopia del D.N.I, pasaporte o tarjeta de residencia del becario.
  10. Información sobre la línea o líneas de investigación que se siguen en el departamento, organismo, o unidad privada de I+D a la que se incorporará el becario, incluyendo publicaciones recientes del Departamento relativas a la misma.
  11. En el caso de proyecto propio, información sobre la línea de investigación propuesta y trabajos realizados anteriormente por el solicitante en relación con la misma.
  12. En caso de hallarse percibiendo al tiempo de la solicitud, salarios, becas o ayudas procedentes de organismos o empresas, públicas o privadas, compromiso de renunciar a ellas en caso de adjudicación.


 SÉPTIMA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
 
Las bases de la convocatoria y los formularios anexos se encuentran disponibles en la dirección internet:
http://www.ccye.carm.es/seneca/seneca.html

La convocatoria y los formularios  pueden obtenerse, asimismo, en disquete, en el domicilio social de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, sito en Murcia, C/ Manresa, 5 - Entresuelo. Teléfono: (968) 222971 / 211424 Fax: 220712

Una vez cumplimentados, los formularios que figuran en los Anexos I, II, III, y IV así como el curriculum vitae del solicitante deberán presentarse en el domicilio indicado el disquete y una copia del mismo impresa en papel. En la carátula externa del disquete deberán figurar el nombre y apellidos del solicitante y la convocatoria a la que presenta solicitud. Los documentos complementarios relacionados en las letras f a j (también k y l en su caso) de la base anterior, podrán presentarse sólo en papel.

En caso de urgencia se admitirá la presentación de la solicitud y documentos señalados por telefax hasta el último día del plazo, a condición de que en el plazo máximo de dos días naturales desde el de la terminación del plazo de presentación de solicitudes, se presenten en la forma indicada en el párrafo anterior. En otro caso, se tendrá por no presentada la solicitud.

Las solicitudes que no acompañen los Anexos y documentación complementaria mencionada serán excluidas de la evaluación.

No podrá presentarse más de una solicitud por interesado.

Las solicitudes de ayudas a la presente convocatoria podrán presentarse desde el 13 de julio hasta el 15 de septiembre de 1998. Quedará excluido del citado plazo de presentación el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de agosto, que se considerará inhábil.
 


OCTAVA. EVALUACIÓN Y CONCESIÓN.
 
La evaluación se realizará por una Comisión designada por la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, que estará presidida por el Director General de Universidades de la Consejería de Cultura y Educación.
 

  • En la evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta el curriculum y experiencia investigadora del solicitante, la calidad, interés y viabilidad del proyecto o plan de investigación a desarrollar y su adecuación al objeto del Centro así como el historial científico del grupo de investigación receptor y el carácter prioritario del área de conocimiento del solicitante. Tendrán preferencia para la obtención de las becas las estancias más prolongadas y los solicitantes que se encuentren actualmente en el extranjero.
  • La Comisión Evaluadora podrá solicitar cuantos informes estime necesarios a expertos externos. Asimismo, se podrá proceder a una entrevista personal, en la que se soliciten al candidato datos adicionales sobre su formación y curriculum, sobre el proyecto de investigación a desarrollar o sobre cualquier otro aspecto que la Comisión juzgue oportuno.

    La concesión o denegación de las ayudas será comunicada directamente a los solicitantes, con anterioridad  al día 30 de septiembre de 1998. La falta de resolución expresa en dicho plazo implicará la desestimación de la solicitud. Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los solicitantes en el plazo de un mes desde la resolución de la convocatoria; las solicitudes no recogidas en dicho plazo serán destruidas.


    NOVENA. OBLIGACIONES
     
    Los beneficiarios de las becas quedarán atendidos a las siguientes obligaciones:

    1. Comunicar por escrito dirigido a la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación la aceptación de la beca y de los compromisos que la misma comporta, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la concesión.
    2. Incorporarse al Centro de aplicación como máximo el 15 de diciembre de 1998, y acreditar esta circunstancia mediante la certificación expresada en la base cuarta. El becario deberá permanecer en dicho Centro durante el desarrollo de la beca. Cualquier cambio de centro o ausencia temporal del mismo deberá ser autorizada previamente por la Fundación Séneca.
    3. Hacer constar la financiación de la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación, a través del Programa Séneca en todos los artículos, comunicaciones a congresos, publicaciones u otros resultados de la investigación realizados durante el disfrute de la beca.
    4. Cumplir con aprovechamiento el plan de trabajo propuesto en la Memoria.
    5. Remitir a la Fundación Séneca en los plazos que esta establezca informes de seguimiento sobre su actividad académica e investigadora, avalados por el Director del proyecto o responsable del Centro de aplicación.
    6. Presentar dentro de los treinta días siguientes a la finalización del periodo de disfrute de la beca una memoria final, de extensión no superior a 10 folios, con el Visto Bueno del director del proyecto, en la que se exprese el trabajo realizado incluyendo, en su caso, la actividad docente y los resultados obtenidos. Si dichos resultados hubieran sido objeto de publicaciones, se remitirá copia o separata de los mismos a la Fundación Séneca. Si hubieran dado lugar a patentes se documentarán estas debidamente. El becario deberá asimismo remitir su curriculum vitae actualizado.
    La percepción de las dotaciones económicas y la renovación de las becas  estarán condicionadas al cumplimiento de estos requisitos y al resultado de las evaluaciones periódicas.
    El incumplimiento de las normas de la presente convocatoria, la inadecuación del gasto realizado o la evaluación negativa sobre el aprovechamiento del becario podrán determinar la revocación de la beca, debiendo el interesado reintegrar las cantidades correspondientes.


    DÉCIMA. INCOMPATIBILIDAD
     
    Las becas de este programa son incompatibles, con carácter general, con cualquier otra beca, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado con cualquier otra institución, organismo o empresa, pública o privada, incluida la Institución de la que dependa el Centro de Aplicación, salvo la realización de actividades derivadas de alguno de los contratos regulados en el artículo 11 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, o del artículo 11.2 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Estas situaciones deberán ser comunicadas a la Fundación Séneca. El Centro de Aplicación y el propio becario vendrán obligados a poner en conocimiento de la Fundación Séneca  cualquier situación de posible incompatibilidad.


    UNDÉCIMA. DEDICACIÓN
     
    La dedicación al proyecto será exclusiva. Excepcionalmente, cuando se trate de becarios adscritos a un Departamento universitario, la Fundación Séneca podrá autorizar la compatibilidad de la beca con la colaboración en tareas docentes del Departamento, sin que esta colaboración pueda retrasar el desarrollo de su actividad investigadora y por un máximo de 80 horas anuales, siempre que se solicite en escrito motivado, firmado por el becario, el Director del proyecto de investigación y el del Departamento.
    Toda colaboración en taras docentes del becario deberá ponerse en conocimiento de la Fundación Séneca, mediante remisión del documento que la acredite.

     


    DUODÉCIMA. SEGUIMIENTO
     
     La modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la beca, así como la de las condiciones de desarrollo de la misma, incluidas su interrupción o suspensión y la alteración de los programas previstos, deberá ser autorizada por la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación. La modificación no autorizada podrá determinar la revocación o minoración de la ayuda concedida.

    La Fundación Séneca adoptará las medidas necesarias para el seguimiento del desarrollo de la actividad subvencionada y de la aplicación a la misma de la ayuda concedida. La aceptación de las ayudas implica la de dichas medidas y la de las bases de esta convocatoria.
     


    DÉCIMOTERCERA. AUSENCIA DE RELACIÓN CONTRACTUAL
     
     La concesión y disfrute de estas becas no implica la existencia de relación contractual o estatutaria con el Centro de Aplicación de la beca o con la Fundación Séneca, Centro de Coordinación de la Investigación. Tampoco implica ningún compromiso por parte del Centro de Aplicación en cuanto a la posterior incorporación del becario a la plantilla del mismo.


    DÉCIMOCUARTA. RENOVACIÓN
     
    Para la renovación de las becas de incorporación de doctores adjudicadas en la convocatoria de 1997, los solicitantes deberán presentar junto al informe final de la actividad realizada, copia o separata de publicaciones realizadas, y documentación acerca de patentes si las ha habido, los siguientes documentos:

    1. Impreso de solicitud, según el modelo que figura en el Anexo I-B
    2. Memoria de la actividad a realizar según figura en el  Anexo II-B. El informe deberá ir firmado por el becario y por el Director del proyecto.
    3. Presupuesto de gastos según el modelo que figura en el Anexo III-B
    Las memorias e informes presentados serán sometidos a evaluación de expertos en las distintas áreas, a fin de determinar si procede la renovación de la beca.

    Las becas renovadas a partir de 1998 se regirán por lo establecido en esta convocatoria.


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