Servicios Públicos

La Fundación Integra no presta servicios administrativos ni servicios públicos en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2014, de 21 de marzo, de Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos de la Comunidad autónoma de la Región de Murcia, si bien, por analogía y a efectos de transparencia en las relaciones con los ciudadanos y la sociedad, se compromete a cumplir con la siguiente Carta de Servicios.

Anualmente se publicarán los resultados de los indicadores comprometidos en dicha Carta de Servicios:

  • Informe Carta Servicios Informe 2021.

Asimismo se peuden consultar las actuaciones realizadas anualmente junto con los indicadores de resultados de las mismas en los informes del contrato programa de cada año. Estos informes incorporan también los resultados de las encuestas anuales relacionadas con las principales actividades.

Para cualquier queja o sugerencia puede contactar con nosotros en CONTACTO.


Quejas y sugerencias

La Fundación Integra pone a disposición de la ciudadanía y de las personas usuarias de sus servicios los siguientes canales para presentar quejas y sugerencias relacionadas con su funcionamiento:

  • Por correo electrónico: integra@f-integra.org, indicando en el asunto «Queja» o «Sugerencia».
  • Presencialmente o por escrito: en la sede de la Fundación Integra, Gran Vía Escultor Salzillo, 1, entresuelo, 30004 Murcia.
  • Por teléfono: 968 355 161.

Las comunicaciones deberán identificar a la persona que las presenta y describir de forma clara el motivo de la queja o sugerencia.

Las quejas y sugerencias recibidas serán trasladadas a los responsables correspondientes para su valoración y, en su caso, adopción de medidas de mejora.

Puede consultarse información adicional en la Carta de Servicios de la Fundación Integra.


Derecho de acceso a la información pública

¿Qué es el derecho de acceso a la información pública?

Cualquier persona tiene derecho a acceder a la información pública que obre en poder de la Fundación Integra y que haya sido elaborada o adquirida en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con la normativa vigente en materia de transparencia.

Este derecho permite solicitar información que no se encuentre publicada en el Portal de Transparencia, sin necesidad de justificar el motivo de la solicitud.

¿Cómo solicitar información pública?

Las solicitudes de acceso a la información pública podrán presentarse por las siguientes vías:

La solicitud deberá identificar a la persona solicitante, especificar la información que desea obtener e indicar un medio de contacto a efectos de comunicaciones y notificaciones.

No es necesario justificar el motivo de la solicitud.

La presentación de solicitudes es gratuita, sin perjuicio de los posibles costes de reproducción de documentos o expedición de copias.

Tramitación de las solicitudes

Una vez recibida la solicitud, se comprobará que reúne los requisitos necesarios para su tramitación.

Cuando la información solicitada no esté suficientemente identificada, se podrá requerir a la persona interesada que la concrete en un plazo de diez días.

Si la información solicitada afecta a derechos o intereses de terceros, se seguirá el procedimiento legalmente establecido para garantizar su protección.

Las solicitudes podrán ser inadmitidas por las causas previstas en la normativa de transparencia, mediante resolución motivada.

Plazo de resolución

Las solicitudes deberán resolverse y notificarse en un plazo máximo de 20 días hábiles, que podrá ampliarse por otros 20 días hábiles cuando el volumen o la complejidad de la información lo justifique, previa comunicación a la persona solicitante.

Transcurrido el plazo establecido sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

Límites al derecho de acceso

El derecho de acceso está sujeto a los límites establecidos legalmente, especialmente los relacionados con la protección de datos personales, la seguridad, la confidencialidad y otros intereses protegidos.

La denegación total o parcial del acceso deberá estar debidamente motivada.

Reclamaciones

Frente a las resoluciones expresas o presuntas sobre solicitudes de acceso a la información pública podrá presentarse una reclamación potestativa ante la Comisión de Transparencia de la Región de Murcia, sin perjuicio de acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Normativa aplicable

Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Acceso a información pública


Órgano responsable de transparencia y acceso a la información pública

La Dirección Gerencia de la Fundación Integra es responsable de coordinar las actuaciones en materia de transparencia y publicidad activa, con la colaboración del personal de la Fundación.

Asimismo, coordina la recepción y tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública y es el órgano competente para resolverlas, de conformidad con el artículo 26.5.d de la Ley 12/2014, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Región de Murcia.

* Información actualizada a fecha 15/10/2026.